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El Certificado Energético

Lo que tenemos que saber sobre el Certificado Energético:  
  • Es obligatorio para vender o alquilar un inmueble,
  • Es una responsabilidad del propietario,
  • Informa del consumo energético y de las emisiones de co2
  • Se resume en forma de etiqueta energética.
  • Tiene una validez de 10 años.
  El Certificado Energético es obligatorio desde el 01 de julio de 2013 según el Real Decreto de 235/2013 y es una responsabilidad del propietario de vivienda, oficina o local comercial con algunas excepciones como en los que se desarrollen actividades industriales, ganaderas o que se compren para realizar reformas importantes o para su demolición.   Nos informa del consumo energético y de las emisiones de CO2 del inmueble. Viene resumido en forma de etiqueta energética similar a la que tiene los electrodomésticos y es necesario renovarlo cada 10 años.   Según el Real Decreto se persigue mediante la comparación promover nuevas edificaciones con mejor eficiencia energética y mayores inversiones para mejorar el ahorro energético pero establece como obligatorio que a partir del 31 de diciembre de 2020 el consumo energético de los nuevos edificios sea casi nulo, según los criterios que establezca el Código Técnico de la Edificación (CTE).   No compartimos por qué los inmuebles con una antigüedad superior al 01 de julio de 2013 tengan esta obligación de informar sobre su eficiencia energética, sino más bien tendría que ser algo voluntario. Aun así, compartimos que haya medidas enfocadas a promover inmuebles más eficientes, con consumos más reducidos y menos contaminantes incluyendo la contaminación producida para su construcción, pero esto ya lo explicaremos en otros post.   Por eso ofrecemos a nuestros clientes la posibilidad de obtener gratis el certificado energético. Si aún no lo tienes, contacta con nosotros e infórmate de como conseguirlo.